Participación Ciudadana

domingo, 28 de octubre de 2012

PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN MELILLA, ¿UN DERECHO ESTANCADO?




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Si la evolución de la participación ciudadana en los ayuntamientos desde el año 1979  ha sido  un indicador de la evolución de nuestro sistema político para tratar de hacerlo más permeable a la ciudadanía y darle una mayor fortaleza democrática más allá de la legitimidad derivada de los resultados electorales, Melilla en esta materia no ha evolucionado casi nada o nada en este derecho.



En la mente de la mayor parte de los que nos gobiernan pervive este pensamiento sobre el derecho a la participación ciudadana: “no hace falta”, la gente ya participó en las urnas y ahora se trata de mantener el poder hasta la siguiente convocatoria electoral. Por tanto “…no me compliquéis la vida, ni me revolucionéis el gallinero”.
La realidad de la participación ciudadana en Melilla está anclada en algún episodio de la serie “Cuéntame”. Creo que podría decir en qué año, pero supongo que los lectores ya me entienden. Para los que no, les pondré un ejemplo. Cuando voy al colegio de mi hijo a hablar con el tutor o tutora o cuando me acerco a las torres V Centenario al Juzgado porque no entiendo el contenido de la carta que me han remitido, no estoy participando ni en la educación, ni en la justicia. Estoy actuando como usuario de unos servicios públicos a cuya calidad tengo derecho y por tanto puedo  exigirla.
También es muy habitual observar cómo nuestros representantes políticos utilizan el término “participación” cuando lo que quieren decir es “asistencia”. Desgraciadamente, en nuestra ciudad, la participación ciudadana es una expresión vacía.
El derecho a la participación, podríamos definirlo como la posibilidad que tiene cualquier ciudadano para poder participar en los asuntos públicos de la comunidad de la que forma parte. Para que este derecho, como cualquier otro derecho, sea eficaz, requiere de voluntad política, de espacios y recursos  para garantizar su existencia.
Por eso, entiendo que, en términos de desarrollo del derecho a la participación ciudadana, nos encontramos  en la etapa que va entre la gestión administrativa y la innovación democrática (en la etapa 1987-1999), es decir, en la etapa en la que se recogen los derechos de los vecinos y vecinas y el marco en que se ha de dar la participación ciudadana. A partir de esas bases, algunas Comunidades Autónomas elaboraron su propia ley municipal. En esta época, la mayor parte de las relaciones que se establecieron con la ciudadanía tenían que ver con asociaciones ciudadanas, especialmente vecinales.
A partir de aquí el interés principal de esas normas reguladoras de la participación, de los órganos diseñados para favorecerla y de las actuaciones de los diferentes gobiernos locales se centró en cómo mantener las relaciones con estos colectivos, con el objetivo –no declarado- de garantizar la paz social. Así nacen la mayor parte de los apoyos que, desde los ayuntamientos, se ofrecieron a las asociaciones: subvenciones, locales...
Es en esta época donde se vincula la idea de participación a las relaciones con asociaciones, al menos para tener un marco donde se pudiera plantear formalmente el conflicto o para tener interlocutores que permitieran el debate sobre los diferentes proyectos impulsados desde los gobiernos locales.
Esta etapa, sin duda, marcó un avance hacia los derechos de la ciudadanía en cuanto a la participación en las decisiones que les afectaran directamente.
Es evidente. Melilla no ha avanzado en este derecho ciudadano o al menos no hay ninguna señal que lo evidencie. No hay desarrollo de la norma, no hay debate ciudadano, porque la administración local no facilita ni los espacios ni las herramientas ni los recursos para ello. Como decía más arriba, estamos anclados en la etapa 1987-1999.
Es un acierto la creación de una Viceconsejería de Participación Ciudadana pero cabe preguntarse si realmente está desarrollando alguna estrategia que permita el desarrollo de este derecho ciudadano. Muchos melillenses se preguntan  ¿para qué sirve? ¿Qué tipo de problemas nos resolverá o de qué servicios nos proveerá?
Por lo tanto, lo pertinente y necesario es reclamar a la administración local los  medios adecuados para “facilitar” el ejercicio del derecho de participación, y corresponde, por mandato constitucional, a los poderes públicos la búsqueda de esos medios.
A los que nos gobiernan, habrá que recordarles una vez más que una Administración abierta a la participación de los interesados, que sea capaz de tener en cuenta sus opiniones antes de decidir es, sin duda, una Administración más democrática y normalmente más eficaz (artículo 103, CE'78), si por eficacia se entiende la adecuación de la acción administrativa a las demandas sociales y no sólo a la agilidad o rapidez de tramitación de los procedimientos.
Es tiempo, pues, de diseñar o rediseñar los canales que permitan una mayor presencia ciudadana en la elaboración y ejecución de las políticas a la vez que  reclamar una mayor transparencia en el ejercicio de la acción pública.
Abran los canales de comunicación y de participación. Faciliten el ejercicio de ese derecho consagrado en nuestra Constitución. Pero eso sí, no se olviden de  las personas, no vaya a ser que se les ocurra hacer un Reglamento de Participación Ciudadana sin contar con los ciudadadanos.

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